sábado, 12 de abril de 2008

EL SUBALTERNO Y EL VASO DE AGUA


Una noticia aparecida en la prensa valenciana provoca en mí una primera reacción de situación absurda y ridícula, pero a medida que pienso en ella también confusión, recuerdos, pensamientos contradictorios y reflexiones en torno a las oposiciones y pruebas selectivas en la Administración pública y en sus condiciones de trabajo.

La noticia refleja que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, considera, en virtud del Reglamento del Cuerpo General de subalternos de la Administración Civil del Estado de 1971, que servir cafés es una de las tareas de dicho personal, si bien de la lectura completa de la noticia se desprende que el caso concreto fue la negativa de un subalterno a subir agua a la Consellera de Bienestar Social, lo que le acarreó problemas laborales y llevo a dos juicios, una primera instancia favorable al funcionario y la segunda favorable a la Administración como hemos visto. Supongo que el lector a la vista de lo antedicho ya estará formando su propio estado de opinión, aunque se ignore la situación concreta y las formas en que el acontecimiento se produjo, para provocar lo que en primer lugar, pero también en último, hay que considerar como un gran absurdo que acaba no dejando bien a nadie, sobre todo cuando hoy es normal que las Consellerias tengan cafeterías y camareros en ellas.

Es cierto que entre las funciones de los subalternos que nos ocupan, en la Ley de funcionarios de 1964, figuraban las de porteo, pero no por ello puede considerarse que hayan de servir cafés o agua a las autoridades o funcionarios de nivel superior como norma general, pero también es cierto que, según las circunstancias, negarse a subir agua a la máxima autoridad de un departamento ofrece aspectos negativos. Piensen cual sería la situación en una empresa privada. Lo absurdo es que se haya llegado a los Tribunales por todo esto y que se hable de dictar una ley autonómica para determinar las funciones de los subalternos.

Pero la cuestión es que al hilo de la noticia han acudido a mí recuerdos que tienen que ver con el sistema de oposiciones aplicado en niveles de personal como el que nos ocupa y que por el tiempo transcurrido también me ofrecen aspectos absurdos e irracionales. Recuerdo un tiempo en que actué en representación de la Dirección General de la Función Pública del Estado en diversas oposiciones de personal subalterno de las Universidades, en momentos en que la concurrencia era enorme y acudía mucho universitario para cubrir dichos puestos. La situación provocaba, en virtud de los temarios al uso, que personas que ofrecían un perfil idóneo para cubrir los puestos de subalterno, estuvieren en franca desventaja a la hora de superar pruebas concretas de la oposición en las que los jóvenes universitarios o las jóvenes universitarias ofrecían mejores resultados. En un intento de compensar la desventaja, las entrevistas ofrecieron un tono y alcance diferente en unos casos que en otros, sin que realmente modificaran apenas la situación final o los resultados que favorecían claramente a los jóvenes universitarios con claro disgusto de gestores administrativos de la correspondiente Universidad que no consideraban el panorama futuro favorable para los intereses de aquélla. Y es aquí donde recuerdo que se consideraba absurdo que a un subalterno se le preguntaran, por ejemplo, cuestiones relativas a las clases de créditos presupuestarios, pero la consideración variaba según la pregunta se dirigiera a una persona con la modesta formación exigida al subalterno o con la universitaria superior de algunos aspirantes, considerando el hecho improcedente en el primer caso, pero más aceptable en el segundo, pues en éste la preparación era mayor, dándose la situación de que incluso se ofrecía la respuesta correcta, pese a la dificultad que revistiese para el nivel subalterno, demostrando que el aspirante había preparado las oposiciones de niveles superiores o con una intensidad mayor.

Y también es aquí donde recuerdo preguntas del tenor de: ¿Qué haría vd. si el Decano de una Facultad le enviase a comprar un paquete de tabaco? Como es normal había respuestas para todo, pero era habitual que el joven universitario o simplemente los más jóvenes dijeran que se negarían, puesto que no era su obligación según el reglamento de turno. Otros, normalmente entre los modestos, por ejemplo, respondían que sabían que no estaban obligados a hacerlo, pero que irían a comprarlo. Nunca fueron decisorias estas preguntas y respuestas, pero servían para exponer ese factor que es la “idoneidad” al puesto, que personalmente no me gusta mucho aplicado a la Administración pública, salvo que se incluya en el concepto constitucional del mérito y la capacidad, pero que es de total aplicación en la empresa privada por mucho que conlleve un factor subjetivo importante.

Lo cierto es que en la Administración pública con todo lo irracional que es el sistema, con lo absurdo que resulta referido a puestos que tienen un claro perfil laboral o propio del mercado privado, cuya selección sería más simple conforme a los sistemas propios de éste, el sistema se muestra adecuado cuando el número de aspirantes es alto, porque facilita su criba y permite llegar a un final basado en unas puntuaciones que consideramos objetivas y, normalmente, no contestables. Por el contrario de aplicar el sistema de la empresa privada es indudable que de hecho puede existir mayor racionalidad pero también una subjetividad incontrolable.

Pero por encima de todo esto, el incidente que ha promovido este post demuestra las mayores garantías que el sistema y la organización ofrecen al funcionario frente a las que en el mismo caso ofrecería el sistema en el derecho privado.

2 comentarios:

  1. Las oposiciones para el empleo público son realmente difíciles de superar, sin embargo vale la pena estudiar y presentarse a los exámenes en busca de un empleo público que asegure estabilidad laboral y una buena remuneración económica.

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  2. Me parece extraño que no se hayan regulado las funciones y que sigan reguladas en una norma preconstitucional, creo que deben revisarse esas funciones y acomodarlas a los tiempos.

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