sábado, 29 de agosto de 2009

NOTICIAS DE 1847 IV. La mala Administración de Justicia 2

Los hombres más eminentes en las diferentes ciencias, artes y comercio: los de mejor sentido: todos son al lado de un abogado con título, unos ignorantes, imbéciles, e incapaces de conocer los hechos de la vida social ni de discurrir ni fallar sobre ellos: ¡bárbara arrogancia! Tan lejos de haber motivo para creer en esa superioridad, le hay para recelar que los estudios puramente profesionales, arreglados servilmente a las malas prácticas universitarias y al pernicioso fárrago de textos forzosos, mezcla de cosas buenas y malas, embotan sus disposiciones, distraen su atención de las realidades de la vida, les hacen girar su raciocinio alrededor de un círculo ajeno al trabajo del espíritu; y por lo tanto carecen de la filosofía natura, tan necesaria para apreciar y juzgar convenientemente aun los hechos más insignificantes. Así sucede por desgracia, regularmente se advierte mejor espíritu filosófico en un honrado y tranquilo labrador que en los doctores de las universidades, porque la razón de aquel está virgen y la de éstos embrollada con las máximas inherentes al monopolio de la enseñanza. El hombre que después de salir de la universidad, hecho un doctor, se fía de su título y no estudia, es persona inaguantable. […] El sentido común es el mejor y el más antiguo de los legisladores. […]

El juez de primera instancia; ese hombre solo, con la educación escolar universitaria y llena de crasos errores, se coloca en un pequeño lugar, al frente de un crecido partido, a entender en la reparación de los derechos ofendidos, decisión de conflictos de intereses, castigo de los crímenes, y en una palabra, a disponer de nuestras haciendas, familias, honor, seguridad y vida. El solo se lo amaña todo: declara la formación de causa: decide que ha ocurrido un acontecimiento sobre el cual debe recaer su fallo: instruye el proceso, califica el hecho y aplica la Ley: se familiariza con los litigantes y con los reos: forme respecto de ellos una prevención peligrosa a favor o en contra y cuando llega a dar sentencia está ya de antemano apasionado, y su opinión se resiente de parcialidad. No quedan ya tribunales impersonales como estos en ninguna nación civilizada. Sólose conocen en España y en Turquía. […] Ni el Gobierno puede juzgar, ni el Juez puede gobernar, y ambos absurdos se realizan cuando el mismo hombre que ha resuelto el problema de si ha existido una infracción, y quien ha infringido, es el que determina la gravedad de la infracción e impone al infractor la pena correspondiente a la calificación que él mismo ha pronunciado. […] ¡Pobre Nación! Las lágrimas asoman a mis ojos al ver que después de tantos años y después de tantos sacrificios hechos por la libertad, son los tribunales y los abogados los que burlan todos los buenos efectos de los principios que hemos conquistado. […]

La revolución ha cercenado las facultades de las testas coronadas: las ha hecho entrar por la vereda de los presupuestos, y ha limitado su poder al ejercicio del bien. Ha opuesto barreras al despotismo ministerial; ha penetrado las clausuras del Clero regular y de las monjas; ha sujetado a dotación al secular y a las iglesias; ha decretado la desamortización civil; ha proscrito los derechos señoriales; ha suprimido los diezmos, y ha hecho otras reformas. Solo la mala Administración de Justicia es la que ha conservado el carácter de los antiguos vicios; y mientras estos no se enmienden, todo cuanto trabajemos es inútil. […] Decir que una nación es libre cuando, teniendo leyes populares, carece de los medios de aplicarlos popularmente, es burlarse del sentido común y de la conciencia pública. Conceder a la libertad lo más difícil que es el hacer las leyes, y negarla lo más sencillo y fácil que es el aplicarlas, no lo puede hermanar ni el lógico más astuto, ni el sofístico más hábil. […]

Si el poder judicial ha de ser patrimonio de los hombres que reciben su título del Gobierno, valiera más confesar de una vez que no existía semejante poder porque estaba ligado al ejecutivo. La estructura tan decantada de la división de poderes, en este sistema, falla por su base. Así estamos como estamos. El que haga una oposición justa y enérgica al Gobierno, líbrese de esperar que sus dependientes le hagan justicia en causas civiles ni criminales; y si es las políticas mucho menos; porque estando ligada a la suerte del Gobierno la de los jueces, hechuras suyas, no es regular que estos se suiciden, como decía el abogado D. Pedro Pidal en las Cortes. ¿Hay acaso una recusación más justa que la que se funda en el salario, en las dependencias, en las esperanzas de premios y ascensos, en el hábito de obedecer, y en la comunidad de intereses y de posición? El hombre que conspira contra el Estado, conspira contra el juez que el Estado mantiene: el hombre que ultraja a un ministro, ultraja a su hechura, a su dependiente. Pues ese mismo contra quien se conspira es el que va a decidir sobre su suerte. Es innegable que en las causas políticas, si el elemento popular no neutraliza la acción de los jueces pagados, todos ellos son justa y legítimamente recusables. Por eso hemos visto en todas épocas tantos y tan excesivos escándalos en estos juicios, que son el testimonio más vivo de la más negra iniquidad, cuyo remedio pide con los ojos fijos al cielo, y las manos elevadas hacia él la humanidad entera; si no se arranca de las manos de los abogados el monopolio de juzgar que poseen desde la creación de la monarquía, cuantos códigos se promulguen y cuantas mejoras se mediten, serán ilusorias y vanas. La Nación sufrirá siempre un angustioso mal estar, y en años estériles sufrirá los horrores de la carestía, de la escasez y del hambre.


De Bona y Ureta, Juan Bedoy (1847) Vicios de toda la Administración pública influyentes en el mal estar de todos los españoles y de la carestía actual. Madrid: Imprenta de la ciudad de Burgos, p. 85-94.

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